VII
DECISIÓN
Con base en la motivación precedente, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara sin lugar el recurso de apelación de autos interpuesto en fecha dos de diciembre de dos mil dieciséis (02/12/2016), por la abogada María Alexandra Pinto Rondón, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 58.176, con el carácter de apoderada judicial de la ciudadana Lucía del Socorro Gómez Pérez, en su condición de víctima, en contra de la decisión emitida en fecha diez de noviembre de dos mil dieciséis (10/11/2016), por el Tribunal de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control Nº 05 del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, Sede Mérida, mediante la cual declaró con lugar la solicitud incoada por la Fiscalía del Ministerio Público, y como consecuencia de ello, declaró con luga.....