DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los Abogados MIGUEL ÁNGEL VALERO y ANDREINA ALEJANDRA GARCÍA SUÁREZ, el primero en su condición de imputado y la segunda como defensora técnica de este, en contra de la decisión dictada en fecha 18/10/13 y publicada en extenso en fecha 14/11/13, por el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 1 con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual calificó la aprehensión del imputado como flagrante, le impuso la medida cautelar sustitutiva a la privativa de libertad prevista en el numeral 3 del artículo 243 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en presentación periódica, cada quince .....