PRIMERO: Se declara inadmisible el recurso de apelación bajo la modalidad de efecto suspensivo ejercido en fecha siete de junio del año dos mil veintitrés (07-06-2023), durante la celebración de la audiencia a los fines de imponer al acusado de la orden de aprehensión emitida por el tribunal de instancia, conforme el artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal, ejercido con fundamento en lo establecido en el artículo 374 del Texto Adjetivo Penal, por la abogada abogado Dayana Ovalles, Fiscal Provisorio de la Fiscalía Décima Novena del Ministerio Público del estado Bolivariano de Mérida, contra la decisión dictada en esa misma fecha por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, mediante la cual acordó la imposición de una medida cautelar sustitutiva a la privación de libertad, específicamente la contenida en el artículo 242 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en.....