Decisión
Con base a la motivación precedente, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1, 8, 13, 22, 340, 345, 346, 443 y 448 del Código Orgánico Procesal Penal, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación de sentencia, interpuesto por el abogado Imer Eduardo Ramírez Rodríguez, en su condición de Defensor de confianza del ciudadano Wuiston Enrique Rojas Méndez, en contra de la decisión emitida en fecha 26 de agosto de 2013 por el Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal del estado Mérida, mediante la cual condenó al citado ciudadano a cumplir la pena de dieciséis (16) años y seis (6) meses de prisión por la comisión del delito de Ocultamiento Ilícito Agravado de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuic.....