DECISIÓN
Por los fundamentos expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Mérida, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: ÚNICO: Sin lugar la inhibición planteada por el abogado Carlos Manuel Márquez Vielma, en su carácter de Juez de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control Nº 02 del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, Sede Mérida, en el caso penal signado con el Nº LP01-P-2016-008445, nomenclatura de ese Despacho, seguido a los ciudadanos Oscar Alberto Rodríguez Uzcátegui, Jesús Manuel Martínez Mora, Víctor Hugo Molina Márquez y Kaniskat Minhyiszak Liendo Luján, debiendo por consecuencia la jueza inhibida seguir conociendo de la causa sometida a su conocimiento.
Publíquese, regístrese y bájense las actuaciones en la oportunidad legal.