DISPOSITIVA.
PRIMERO: Declara SIN LUGAR el recurso de apelación de autos interpuesto en fecha 07/10/2015, por el abogado Roberth E. Mundarain Morales,actuando con el carácter de Defensor Público Tercero Penal, adscrito a la Unidad de la Defensa Pública y como tal de los ciudadanos José Gregorio Quintero y David Aguilar Huiza, en contra de la decisión emitida por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 04 de este Circuito Judicial Penal, sede Mérida, en fecha 30 de Septiembre de 2015, mediante la cual declaró con lugar la aprehensión en situación de flagrancia, en contra de los ciudadanos José Gregorio Quintero y David Aguilar Huiza, por la presunta comisión de los delitos de Robo Propio y Lesiones Intencionales Leves, previsto y sancionado en el artículo 455 y 416 del Código Penal, respectivamente, mediante la cual impuso medida de privación judicial preventiva de libertad en contra de los encartados de autos y acordó la prosecución de la causa por el procedimie.....