DISPOSITIVA
Con fundamento en los razonamientos precedentemente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, actuando en sede constitucional, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara competente para conocer la acción de amparo constitucional interpuesta en fecha 20 de diciembre del año 2017, por el abogado José Gregorio Marcano Manzulli, sedicente abogado defensor de los ciudadanos imputados Jeison Eduardo Ramírez Huiza y Juan Eduardo Ramírez Velazco, en la asunto penal asignado LP01P20170002996, por la presunta violación de derechos y garantías constitucionales, en que presuntamente habría incurrido el Tribunal Quinto de Primera Instancia Municipal y Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida (sede Mérida), a cargo del Juez abog.....