DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA IMPROCEDENTE el Recurso de revisión interpuesta por el Abogado Robert E. Mundarain Morales, en su carácter de Defensor Público Séptimo de la Unidad de Defensa Pública del Estado Mérida, y como tal, Defensor del penado GEORGE ALFONSO CORREA FLORES, contra la sentencia condenatoria por admisión de hechos, dictada en fecha tres de noviembre del año dos mil once (03/11/2011), por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, a tenor de lo establecido en el artículo 470 del Código Orgánico Procesal Penal.
Cópiese, publíquese y regístrese, notifíquese, remítanse las actuaciones en su oportunidad legal.
JUECES DE LA CORTE DE APELACIONES
DR. ERNESTO JOSE CASTILLO SOT.....