Primero: DECLARÓ CON LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN, interpuesto por la abogada LUZ MARINA ROJAS PÉREZ, en su condición de Fiscal Décima (S.E.) del Ministerio Público del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida. Segundo: Se declaró la NULIDAD de la decisión dictada por el Tribunal de Control N° 03 de este Circuito Judicial Penal, de fecha 13-08-04, el cual negó las solicitudes de ordenes de allanamiento. Tercero: Se ordenó al Tribunal de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, acuerde las Órdenes de allanamiento solicitadas, por la Fiscalía Décima del Ministerio Público.