Se hicieron los siguientes pornunciamientes: 1) SE DECLARÓ CON LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN, interpuesto por el abogado ARMANDO DE LA ROTTA AGUILAR, en su carácter de Defensor Técnico Privado del imputado JOSÉ ANGEL VÁSQUEZ, contra la decisión dictada por el Juez de Primera Instancia en funciones de Ejecución N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, de fecha 25-08-04. 2) SE ORDENÓ, al señalado Tribunal de Ejecución, proceder a la mayor brevedad posible, a otorgar el confinamiento solicitado, si el penado reúne los demás requisitos exigidos por el artículo 56 del Código Penal.