Este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide:
PRIMERO: Se acuerda la aprehensión en flagrancia del imputado ARTURO LEANDRO PEREZ BASTIDAS por considerar que se encuentran llenos los extremos del 248 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Este Tribunal comparte la calificación dada por el delito Robo Leve bajo la modalidad de Robo Arrebatòn, previsto y sancionado en el artículo 456 del Código Penal, en concordancia con el artículo 217 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente. TERCERO: Por cuanto en la audiencia de presentación de Imputado la Fiscalia del Ministerio Público, no solicito ningún procedimiento para la contingencia del presente proceso, así como no solicito ninguna medida cautelar, sino que presentó ante este tribunal un Acuerdo Reparatório entre el imputa.....