Por todas las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 03, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, hace el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: Condena a la ciudadana:
MAGALY CHIQUINQUIRA FERNANDEZ FINOL, venezolana, de 27 años de edad, nacida en San Rafael de Mojan el 07-11-77, titular de la Cédula de Identidad N° 16.494.367, domiciliado en San Rafael de Mojan Municipio Mara, Avenida 3, Plaza la Cruz, Casa Nª 16 Estado Zulia. A cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRESIDIO, más las accesorias de Ley previstas en el Artículo 13 del Código Penal vigente, por la comisión del delito de de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 407 del Código Penal antes de la reforma, en perjuicio de la occisa LIGIA PORFIRIA OSUNA RANGEL VIUDA DE VALERI.
SEGUNDO: Por cuanto el sentenciado se encuentra actualmente recluidos en el.....