Por todas las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 03, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, hace el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: Condena al ciudadano:
TULIO SALAZAR GUTIÉRREZ, venezolano, de 52 años de edad, nacido en esta ciudad de Mérida el 01-03-53 , titular de la Cédula de Identidad N° 8.010.321, domiciliado en: En la José Adelmo Gutiérrez, casa Nº 06, sector la Gran Parada, Vía La Meza de Ejido, Estado Mérida, hijo de Fermín Salazar y Maria Gutiérrez, ocupación: agricultor. A cumplir la pena de UN (1) AÑO SEIS (06) MESES, CERO (0) HORAS, CERO (0) DIAS, más las accesorias de Ley previstas en el Artículo 16 del Código Penal vigente, por la comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE VEHICULO PROVENIENTE DE ROBO Y HURTO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionados en el artículo 9 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo A.....