DISPOSITIVA
Por las razones tanto de hecho como de derecho precedentemente expuestas, este Tribunal de Control 3 administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta:
Unico: Este Tribunal declara Con Lugar , la solicitidud de prueba anticipada requerida por la Fiscalía Primera del Ministerio, para tomar la declaración a las víctimas JIMMY PERNIA CONTRERAS, ROBERT ALBERTO REINOZA y MARIA BETTY CONTRERAS REINOZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 17.130.311, 13.648.221, 8.022.729, y a la adolescente CELIS SUTIL SIMONET, domiciliados en la Avenida Las Americas, Residencias Araguaney, Torre A, Apartamento 1-5, Mérida, Estado Mérida, respectivamente, para el día jueves 22 de julio del 2004, a las diez (10) de la mañana, para lo cual se ordena citar a las víctimas antes nombradas, notificar a los abogados defensores, fiscalía Primera del Ministerio Público y librar las boletas de traslado .....