Primero: Absuelve al Ciudadano ENRIQUE SALDAÑA, venezolano, mayor de edad, de ocupación obrero, de 38 años de edad, nacido en fecha 07/12/1965, titular de la Cédula de Identidad No. V- 7.091.732, domiciliado en Mérida, Estado Mérida y con dirección de habitación en Barrio La Milagrosa, pasaje Libertador (parte alta), sector Cristo Rey, casa s/n, ubicada pasos debajo de la Cruz de Mayo, en esta Ciudad de Mérida, Estado Mérida del delito de ROBO; pero lo condena a cumplir la pena de CUATRO AÑOS, CUATRO MESES DE PRISIÓN, como autor voluntario y penalmente responsable de los delitos de PORTE ILÍCITO DE ARMA BLANCA y FALSA ATESTACIÓN ANTE FUNCIONARIO PÚBLICO. Segundo: Impone al acusado, las penas accesorias de 1º La Inhabilitación política mientras dure la pena; y 2º La sujeción a la vigilancia de la autoridad por una quinta parte del tiempo de la condena, desde que ésta termine. Tercero: Ordena el comiso del arma blanca incautada en la presente causa, conforme a lo dispuesto en el artícul.....