En este sentido, cabe destacar, que la constancia presentada por la defensora del imputado (f. 275) en modo alguno apareja tal informe. Su contenido es incompleto y por tal, no resulta ilustrativo para el Tribunal apoyarse en él y decidir la continuación o no de la causa.
En razón de lo anterior, se ordena por enésima vez y con carácter de urgente recabar un informe psiquiátrico detallado del paciente FELIPE CONTRERAS GARCÍA, ante el departamento de psiquiatría del H.U.L.A, a objeto del Tribunal resolver lo conducente en la presente causa. Ofíciese, cúmplase