"(...) Finalmente, éste Juzgador solicita que el presente "Escrito de Recusación" cuya "Causal" ni siquiera fue mencionada en el mismo, demostrando a todas luces, no sólo, la falta de fundamentación jurídica, sino también la total inexistencia de motivo alguno que la justifique, el cual fue interpuesto por el ciudadano: AMANDO JOSE ALTUVE DUGARTE, venezolano, mayor de edad, hijo de José Amado Altuve Rojas y Ana Elizabeth Dugarte, titular de la cédula de identidad N° V-16.664.399, de ocupación comerciante en la distribuidora Dizuca, domiciliado en el Barrio Campo de Oro, Calle 01, Casa N° 5-64, cerca de la Farmacia Santa Mónica, Estado Mérida, asistido en este acto por el ciudadano, abogado: JOSÉ LUIS GUILLEN, titular de la cédula de identidad N° V-8.046.544, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 123.925, sea declarado SIN LUGAR por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, por ser Manifiestamente Ilógico e Infundado, lo que afe.....