DISPOSITIVA.
Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio No. 03, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 43 del Código Orgánico Procesal Penal, en armonía con los artículos 2, 26, 49, 51 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Acuerda: Visto que se cumplen con los requisitos formales establecidos en el artículo 43 del Código Orgánico Procesal Penal, le impone a los ciudadanos: 1).- FRANCISCO MOLINA MOLINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 15.234.439, natural de Chacantá, nacido el 01-07-1981, de 30 años de edad, agricultor, soltero, domiciliado en Chacantá, Aldea La Hacienda, Casa Sin Número, de friso sin pintura, cerca de la escuela La Hacienda, teléfono: 0416-7770642. 2).- ELMER MÁRQUEZ MOLINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula .....