DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia Penal, en funciones de Juicio N° 5 del Circuito Judicial Penal del estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace el siguiente pronunciamiento:
ÚNICO: Declara sin lugar la solicitud realizada por el abogado defensor Siro de Jesús García Molina, en el sentido, de sustituir al ciudadano Eduardo Antonio Rangel Varela, la medida de privación preventiva de libertad. En tal sentido, se acuerda mantener la medida de privación judicial preventiva de libertad, dictada en su contra por el Tribunal de Control N° 3 de este Circuito Judicial Penal, en fecha 08-06-2007.
Decisión que se fundamenta en los artículos 2, 26, 43, 51, 253 y 257 Constitucional y 2, 4, 6, 13, 244, 264 del Código Orgánico Procesal Penal.
Dada, firmada, sellada y refrendada, en el despacho del Tribunal de Juicio N° 5 del Circuito Judicial Penal del estado Mérida, a lo.....