DECISIÓN:
Por todo lo expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, de conformidad con lo pautado en los artículos 479, numeral 1°, 494 y 495 del Código Orgánico Procesal Penal, en favor del penado JULIO CESAR ARAQUE PUENTES, venezolano, de 42 años de edad, nacido el día 02/08/1962, de profesión chofer, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.042.291, domiciliado en Chiguará, Adea La Colorada, casa S/N, Municipio Sucre del Estado Mérida, por un tiempo igual a la condena impuesta, es decir, por un lapso de Un (01) Año, Cuatro (04) Meses Y Quince (15) Días, que comenzará a correr a partir de la fecha en que comparezca ante éste Tribunal a darse por notificado de la presente decisión y suscriba la respectiva acta compromiso._______________.....