DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 01 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA, EXTENSION EL VIGIA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida a JORGE ANDRÉS ECHEZURRIA, titular de la cédula de identidad N° 6.247.560, residenciado en la calle 1, con avenida 7, casa N° 121, El Vigía, Estado Mérida, residenciado en el sector La Holanda, Finca Palmaral, la Azulita, Estado Mérida, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 455 ordinal 3° del Código Penal, en perjuicio de JUAN ALBERTO MANCILLA, titular de la cédula de identidad N° 10.105.946, residenciado en calle 5, numero 2-21, La Azulita, Estado Mérida Y FERNANDO LA CRUZ HERNADEZ, titular de la cédula de identidad N° 11.223.977, residenciado en calle 5, numero 2-21, La Azulita, Estado Mérida El V.....