Así las cosas, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL Nª 01 DEL CURCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA, EXTENSIÒN EL VIGIA, ACUERDA: notificar a la solicitante ciudadana CLAUDIA PORRAS MUÑOZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad V.- 9.202.619, domiciliada en Urbanización la Trinidad, casa Nª 46, El Vigía Estado Mérida, Teléfono 04141, 3750637, que de acuerdo a lo pautado en el articulo 311 del Código Orgánico Procesal Penal al Ministerio Público le corresponde devolver lo antes posible los objetos recogidos o que se incautaron y solo en caso de retraso injustificado por parte del Ministerio Público, las partes interesadas podrán acudir ante el Juez de Control competente. Se evidencia entonces que su persona no agotó la vía correspondiente al interponer su solicitud directamente al tribunal, cuando lo correcto era haber planteado su solicitud ante al Fiscalía del Ministerio Público.
Se le hace saber igualmente que la presente ca.....