ESTE TRIBUNAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 01 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: 1.- Declara con lugar la aprehensión en flagrancia del imputado ALBERTO RAMON RODELO PATERNINA, venezolano, de 31 años de edad, nacido en fecha 08-08-1978, titular de la cédula de identidad V-14.529.903, soltero, conductor, hijo de Ramón Alejandro Castillo y Rumanda Maria López, domiciliado en el sector la Blanca, calle principal N° 7, casa N° 58, cerca de un local de reparación de motos, El Vigía, estado Mérida. Teléfono 0414-7401020, por estar llenos los extremos del artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. 2- Precalifica los hechos en los delitos de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO Y APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, según las previsiones de los artículos 277 del Código Penal, en concordancia con los artículos 2 y 9 de la Ley de Armas y explosivos y artículo 413 del Có.....