Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 01 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: PRIMERO.- Suspende condicionalmente la presente causa a favor del ciudadano ELEAZAR CASTILLO MORA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número v-12.355.131, de 33 años de edad, natural de San Pablo, Municipio Sucre del Estado Mérida, nacido en fecha 23-06-1974, hijo de Rafael Castillo (f) y Carmen Adela Mora (f), de obrero, residenciado en el Sector Caño Arena, Quebrada Blanca, a un kilómetro de la vía panamericana, cerca de la Unidad Educativa Quebrada Blanca; POR EL LAPSO DE UN (1) AÑO, contados a partir de la presente fecha 15 -01-2010. SEGUNDO: Impone al ciudadano ELEAZAR CASTILLO MORA, las condiciones siguientes: 1.- Residir en un lugar determinado para lo cual se toma la misma di.....