DECISION
Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 51 Constitucional, 37, 108, 0rdinal 5°, 17 de la Ley Sobre la Violencia contra La Mujer y la Familia, vigente para el momento en que se cometió el hecho punible, y 48 numeral 8°, 282 y 318, numeral 3°, del Código Orgánico Procesal Penal, este Juzgado de Primera Instancia Penal en Funciones de Control No 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida. Extensión El Vigía. Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley. Decreta: EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, instruida en contra de PERSONAS DESCONOCIDAS, por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto en el artículo 17 de la Ley Sobre la Violencia contra La Mujer y la Familia, vigente para el momento en que se cometió el hecho punible, cometido en perjuicio de la ciudadana ELIZABETH NIÑO CACERES, venezolana, de 41 años de edad, t.....