Este Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control nro. 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida extensión el Vigía, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, MEDIANTE AUTO MOTIVADO PROCEDE A NEGAR LA SOLICITUD HECHA POR LAS VICTIMAS POR EXTENCION CIUDADANOS RAMONA DEL CARMEN ROJAS DE ARAQUE y PEDRO JOSE ARAQUE ANGULO, EN EL SENTIDO DE QUE SE LE TOME JURAMENTACION DE LEY A SUS ABOGADOS PRIVADOS ALFREDO MENDOZA A y JOSE FRANKLIN ZAMBRANO VELAZQUEZ, por cuanto no le es dable a la víctima acudir a un Tribunal de Primera Instancia en lo Penal para que le designe defensor, pues esto sería crear un procedimiento ajeno a la normativa procesal penal imperante en nuestra legislación y por ende violatoria a la garantía Constitucional del debido proceso y tutela Judicial efectiva, ello sin menoscabo de los derechos que como víctimas otorga nuestra constitución y normas procesales imperantes; Se fundamenta la presente en l.....