En virtud de lo expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta el SOBRESEIMIENTO de la presente causa, por haber prescrito la acción penal, a favor del ciudadano JOSE RENE ZAMORA VÉLEZ, indocumentado, residenciado en el Barrio San Isidro, calle principal, casa N° 69-60, El Vigía, Estado Mérida; por la comisión del delito de Lesiones Leves, previsto y sancionado en el artículo 418 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano TEOFILO JOSÉ MONTILLA, titular de la cédula de identidad N° 8.588.531, residenciado en la Urb. La Mora, avenida 3, casa N° 71, La Victoria, Estado Aragua; conforme a lo establecido en los artículos 108 ordinal 6 del Código Penal, y 318 numeral 3, en concordancia con el artículo 48 numeral 8 del Código Orgánico Procesal Penal.
Diarícese, regístrese y notifíquese a.....