DISPOSITIVA
Por lo antes señalado, ESTE TRIBUNAL DE CONTROL Nº 03 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSION EL VIGIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA. En aplicación del artículo 318 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto el hecho no es típico, figurando como imputado PERSONA DESCONOCIDA, y como víctima FATIMA GUTIERREZ MARQUEZ, venezolana, de 13 años de edad, soltera, estudiante, titular de la cédula de identidad N° 19.900.647, residenciada en el Sector Alta Vista, calle 4, casa sin número, El Vigía, Estado Mérida. SEGUNDO: No realizar la audiencia señalada en el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal, por los señalamientos antes expuestos. TERCERO: Notificar al Fiscal del Ministerio Público, y al Representante legal de la víctima. En cuanto al último en mención, se acuerda que la boleta de notificación sea p.....