En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, declara PROCEDENTE la solicitud de Ampliación de la Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación de Libertad y de cambio del lugar de cumplimiento de la misma; incoado por la Defensa Técnica del imputado y Acuerda que a partir de la presente fecha el ciudadano OMAR ALFREDO ARAUJO ANGEL, venezolano, de 23 años de edad, natural de Caja Seca Estado Zulia, fecha de nacimiento 19-06-1984, soltero, titular de la cedula de identidad Nº V-18.398.855, Luchador Social del Frente Francisco de Miranda, residenciado en Valle Grande, Via Torondoy, Camellon Las Delicias casa 39, Municipio Tulio Febres Cordero del Estado Mérida, cerca de.....