Decisión N°: 132/2011.- Este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 05 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite el siguiente pronunciamiento: DECLARA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida contra el ciudadano ARAQUE HERNANDEZ ONEIRO ANTONIO, venezolano, de 34 años de edad, Cedula de Identidad Nº V-13.282.237, nacido en fecha 18-01-1971, soltero, obrero, residenciado en los Pozones Finca Las Flores del Estado Mérida por la comisión del delito de ACTOS LASCIVOS previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 376 del Código Penal, en perjuicio de la adolescente A. D. M., venezolana, de 14 años de edad (se omite su identidad de conformidad con lo previsto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente), por considerar que la acción penal se encuentra evidentemente prescrita.-