Decisión N°: 06/2011. Este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA, EXTENSION EL VIGIA, ACTUANDO EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 05, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, emite el siguiente pronunciamiento: ÚNICO: De conformidad con los artículos 57, 61 y 77 del Código Orgánico Procesal Penal, se declara incompetente para conocer de esta causa y declina la competencia al Tribunal de Control de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal Mérida con sede en el Estado Mérida, por cuanto el delito objeto de investigación penal fue presuntamente consumado en la Jurisdicción del Estado Mérida, en consecuencia, se ordena la remisión de las actuaciones que conforman la presente causa al Tribunal de Control que corresponda conocer por distribución, se ordena librar boleta de notificación a la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida.-