Este Tribunal en funciones de Control N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley: DECLARA:
PRIMERO: Sin Lugar la solicitud Fiscal, en cuanto a que se declare la aprehensión en situación de flagrancia del ciudadano JOSÉ RICHARD BRICEÑO MORA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 14.249.533, casado, de 29 años de edad, nacido en fecha 31-08-1978, natural de El Vigía Estado Mérida, hijo de CARMEN SOFIA MORA CASTRO (v) y JOSE RAFAEL BRICEÑO VERGARA (v), de oficio: Obrero, actualmente trabajando en la Ferretería Maderas ASI, ubicada en el Sector El paraíso, propiedad de Jorge Alejandro Paredes, grado e instrucción: Bachiller, residenciado en Las Invasiones Esperanza Bolivariana, calle Francisco de Miranda, casa N° 013, El Vigía del Estado Mérida Teléfono: 0416-278.5058 (personal) / 0426-772.95.74 (esposa); por el delito de VIOLENCIA PSICOLÓGICA, previsto y sancionado en el.....