Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal de Control N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA EXTINGUIDA LA ACCIÓN PENAL Y EN CONSECUENCIA, DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 318 NUMERAL 3, SE DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida al ciudadano José Leonardo Ortega Morales, venezolano, natural de El Vigía Estado Mérida, nacido en fecha 17/11/1972, de 39 años de edad, con sexto grado de educación básica, ocupación electricista, titular de la cédula de identidad Nº 12.354.124, hijo de Heriberto Ortega Rivas (v) y de Elida Rosa Morales (v), y residenciado en el Sector San Isidro, calle 10, con Avenida 19, casa N° 19-39, El Vigía Estado Mérida, por la comisión del delito de POSESIÓN ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica contra .....