Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas este Juzgado de Primera Instancia Penal en funciones de Control Nro 05 del Circuito Judicial Penal del Estadio Mérida. Extensión El Vigía. ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA, POR AUTORIDAD DE LA LEY. DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, instruida en contra de VINICIO ANTONIO ROJAS VILLASMIL, venezolano, de 41 años de edad, casado, titular de la cédula de identidad N° 8.006.082, residenciado en la Urbanización Parque Chama, calle 2, casa 2C-65, El Vigía, Estado Mérida, por la comisión del delito de AMENAZA, previsto y sancionado en el artículo 16 de la Ley Sobre la Violencia Contra La Mujer y la Familia, cometido en perjuicio de la ciudadana SOELY BENCOMO BECERRA, venezolana, soltera, titular de la cédula de identidad N° 11.914.591, residenciada en la calle 9, casa 9-11, Barrio La Inmaculada, El Vigía, Estado Mérida. Se fundamenta la presente decisión en los artículos 16 de la Ley Sobre la Violencia Contra L.....