ESTE TRIBUNAL DE CONTROL Nº 06 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSION EL VIGIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: En aplicación de los artículos 318 numeral 3 y 48 numeral 8 del Código Orgánico Procesal Penal, en armonía con los artículos 415 y 108 ordinal 5° del Código Penal, declara el sobreseimiento de la presenta causa, seguida a JUSTINO ARDILA ARDILA, titular de la cédula de identidad N° 10.159.612, residenciado en la Avenida 7, entre calles 14 y 15, Residencias Primavera, Tercer piso, apartamento 3-2, Mérida, Estado Mérida, por el delito de LESIONES MENOS GRAVES, previsto en el artículo 415 del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano GABRIEL ANTONIO GONZALEZ MÁRQUEZ, titular de la cédula de identidad N° 6.779.018, residenciado en la calle 01, N° 16-33 del Barrio El Carmen, El Vigía, Estado Mérida. SEGUNDO: No realizar la audiencia señalada en el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Pe.....