Por los señalamientos que anteceden, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Juicio Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: El SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, por extinción de la acción penal, donde figuraba como imputado quien en vida respondía al nombre de ROGER ALIRIO ZUÑIGA NUÑEZ, venezolano, cédula de identidad N° 13.821.603, nacido en fecha 15-11-1971, de 37 años de edad, natural de San Cristóbal Estado Táchira, oficio: albañil, hijo de José Uriel (v) y de María Teresa Núñez (v), residenciado en la Urbanización Arnulfo Romero, calle 2, casa 251, La Azulita, Municipio Andrés Bello, Estado Mérida; por los delitos de AMENAZAS Y ACOSO U HOSTIGAMIENTO, previstos y sancionados, respectivamente, en los artículos 40 y 41 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en concordancia con el artículo 15 nume.....