Por los razonamientos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia Penal, en Funciones de Control No. 06, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Admite en su totalidad la acusación presentada por la Fiscalía Sexta de Proceso del Ministerio Público de esta entidad, de conformidad con el artículo 330 numeral 2°, del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del acusado ANGEL LUIS CARLOS MENDOZA, de 23 años de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad numero V-18.055.480, natural de la Azulita, Estado Mérida, soltero, nacido en fecha 21-06-1986, hijo de María Mendoza y Fidel A. Martínez, residenciado en Guayabones, vía panamericana, casa S/N, Estadio Mérida, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO y PORTE ILÍCITO DE ARMA BLANCA,.....