Por lo anteriormente expuesto este TRIBUNAL DE CONTROL N° 07 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD que le confiere la Ley: 1°) Califica como flagrante la aprehensión del LUIS ORLANDO GUERRERO LOPEZ, venezolano, de 40 años de edad, de oficio artesano / comerciante informal, titular de la cédula de identidad Nº V- 6.341.095, natural de El Laberinto, Estado Zulia, nacido en fecha 20-11-1970, hijo de Luís Eutimio (v) y Luz Marina (v), bachiller, residenciado en la plaza Mamasantos, modulo de cultura, s/n, El Vigía, Estado Mérida, y/o Onia Santa Isabel II, cale principal, parcela El Éxito, El Vigía, Estado Mérida, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA AGRAVADA, previsto y sancionado en el artículo 42 de Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en concordancia con el artículo 65 numeral 4 ejusdem, cometido en perjuicio d.....