este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE CONTROL No 7 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA, EXTENSIÓN EL VIGIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor de JOSE ASUNCION ANGULO MARQUINA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 8.021.102, residenciado en Chiguara, calle Las Delicias, sector vía la peña, casa N° 32 , Estado Mérida, por la comisión del delito de HURTO SIMPLE previsto y sancionado en el artículo 453 del código penal vigente en perjuicio de la Empresa DROGUERIA LOS ANDES, ubicada en el Barrio la Inmaculada, calle 10 con avenida 9, Edificio Drolanca, El Vigía Estado Mérida. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 3 y 48 numeral 8 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 108 ordinal 5º del Código Penal. Notifíquense a las partes de la presente decisión; en caso de no localizarse a la victima o al imp.....