DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, instruida en contra de los ciudadanos: FELICIANO CASTILLA FLORES, indocumentado, residenciado en la Gallera, al lado del Comando Policial de Caño Zancudo, Estado Mérida; JULIO CÉSAR CASTILLA FLORES, soltero, de nacionalidad Colombiana, indocumentado, de la misma residencia; y LUIS ALBERTO RODRÍGUEZ, obrero, soltero, natural de Caño Zancudo, titular de la cédula de identidad No 11.915.244, domiciliado en el Barrio El Hoyo, calle Bolívar, casa s/n, La Azulita, Estado Mérida, por la comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 417 Código Penal Venezolano vigente para el momento de la perpetración, cometido en perjuicio del ciudadano JULIO CÉSAR CASTILLA FLORES, soltero, de nacionalidad Colombiana, indocumentado, residenciado en Caño Zancudo, al lado de la Prefectura, Estado Mérida, de conformidad con lo previsto en los artículos 417 del Código Penal vigente para la fecha de la perpetración del d.....