ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, POR AUTORIDAD DE LA LEY: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, instruída en contra del ciudadano GUILLEN GUILLEN BERNARDINO, titular de la cédula de identidad No. 5.199.739, residenciado en Aldea La Osa, Estado Mérida, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 407 del Código Penal Venezolano vigente para el momento en que opcurren los hechos, cometido en perjuicio del ciudadano CARLOS ENRIQUE PERNÍA OBANDO, titular de la cédula de identidad No. 682.226, residenciado en Aldea La Osa, Distrito Andrés Bello del Estado Mérida.
Publíquese, regístrese y notifíquese a las partes la presente decisión. En relación con la (s) víctima(s) por extensión, y el imputado, se ordena su notificación conforme a lo establecido en los artículos 181 y 183 del Código Orgánico Procesal Penal, ya que, en virtud del tiempo transcurrido, las direcc.....