Por lo anteriormente expuesto ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA, EXTENSIÓN EL VIGIA, ACTUANDO EN FUNCIONES DE CONTROL N° 07, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, procede a emitir los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Conforme a los artículos 330, numeral 2° y 331 del Código Orgánico Procesal Penal, admite totalmente la acusación presentada por la Fiscalía Décima Séptima del Ministerio Público, contra el acusado: JOSE CRISTOBAL RANGEL RIVERA, venezolano, de 29 años de edad, soltero, chofer, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.716.885, natural de El Charal Estado Mérida, nacido en fecha 25-10-1981, domiciliado en el Sector El Charal, Calle Principal, casa sin número, Municipio Caracciolo Parra y Olmedo del Estado Mérida, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres .....