ESTE JUZGADO DE CONTROL N° 07 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSION EL VIGIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA LEY, hace los siguientes pronunciamientos: 1°) De conformidad con el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, se Califica como flagrante la aprehensión del imputado: WUILIAN ABDON CONTRERAS CONTRERAS, venezolano, de 33 años de edad, soltero, comerciante, titular de la cédula de identidad N° 14.762.068, natural de El Vigía Estado Mérida, nacido en fecha 22-09-1977, domiciliado en el sector Quebrada la Virgen, vía la Palmita, Calle Principal, casa sin número, Parroquia Rómulo Gallegos, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida, por haber sido aprehendido en las circunstancias de tiempo, modo y lugar ya explicadas, en la comisión de los delitos de OCULTAMIENTO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 149 segundo aparte de la .....