este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA, EXTENSIÓN EL VIGIA, ACTUANDO EN FUNCIONES DE JUICIO N° 04 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara sin lugar la solicitud de nulidad de la audiencia preliminar realizada por el Tribunal de Control N° 05 de este Circuito Judicial Penal, solicitada por la abogada Marlene Fernández de Franco, en su condición de representante de la víctima por extensión, de conformidad con los artículos 190 y 191 del Código Orgánico Procesal Penal, por no existir violación de los derechos contenidos en los artículos 49, 19, 21, 26 y 30 en su último aparte de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 327 del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquese a las partes del contenido de la presente decisión. CUMPLASE.
LA JUEZ TEMPORAL DE JUICIO N° 04,
ABG. VILMA MARIA TOMMASI ESCALONA
LA .....