Por lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley y de acuerdo a lo previsto en los artículos 479 numeral 01 del Código Orgánico Procesal Penal, artículo 06 de Ley para el desarme y 16 del Código penal, procede al ejecútese de la sentencia y ordena que los objetos incautados y confiscados remitirlos al darfa. Por cuanto el penado se encuentra en libertad cítese para el día lunes 05-05-06 para imponerlo de la presente decisión. Remítase oficio con copias certificadas de la sentencia y del ejecútese a la División de Antecedentes Penales del Ministerio de Interior y Justicia, para que remita a este tribunal los antecedentes del mencionado penado. Certifíquense por secretaria las copias ordenadas. Cúmplase.-
EL Juez de Ejecución N° 02
Abg. Jesús Orlando Rondón Contreras
La Secretaria
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