Este Tribunal procede a ejecutar la Sentencia, se designa como lugar de reclusión el Centro Penitenciario de la Región Andina, ubicado en San Juan de Lagunillas del Estado Mérida. Se hace el cómputo respectivo, conforme a lo previsto en los artículos 479 y 482 del Código Orgánico Procesal Penal. A tal efecto se observa:
Que el penado Luis Emiro Hernández Sánchez, fue detenido el ocho de septiembre de dos mil cuatro (08-09-2004), permaneciendo hasta la presente fecha (13-04-2005) en tales circunstancias, lo que implica que ha estado detenido por siete (07) meses y cinco (05) días, tiempo éste que conforme con lo establecido en el artículo 484 del Código Orgánico Procesal Penal, deberá ser descontado de la pena impuesta, de manera que al penado le falta por cumplir un remanente de pena de cinco (05) años, cuatro (04) meses y veinticinco (25) días de prisión, que terminará de cumplir el ocho (08) de septiembre de dos mil diez (2010).
Por otra parte, el penado podrá gozar de las fórm.....