En razón de lo antes expuesto, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN N° 02 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: Declara extinguida la pena y en consecuencia, terminado el presente asunto penal por muerte del penado: LEVIS MANUEL URDANETA SOTO, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 17.827.142, natural de El Vigía, Estado Mérida, nacido en fecha 22-04-1.983, de 24 años de edad, soltero, obrero, hijo de Camilo Urdaneta y de Blanca Flor Soto, domiciliado en la Urbanización Páez, Sector II, Vereda 60, Casa Nº 027, El Vigía, Municipio Alberto Adriani, Estado Mérida; de conformidad con lo previsto en el artículo 103 del Código Penal en concordancia con el artículo 479 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal, al extinguirse las penas tanto corporal como accesorias. Notifíquese a la Fiscalía XIII del Ministerio Público y .....