DISPOSITIVA
Por las razones y fundamentos expuestos, de conformidad con lo previsto en los artículos 564 y 566 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio N° 01, del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, resuelve:
Primero: Homologa la conciliación propuesta por el Ministerio Público, presentada en la audiencia oral y reservada convocada con ocasión del prefijado juicio oral en la presente causa seguida a la adolescente(RESERVA), venezolana, nacida en fecha 23/11/1997, de 17 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V- (RESERVA), soltera, de oficio estudiante de Cuarto Año de Bachillerato, h(RESERVA), residenciada en: (RESERVA), Municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida, teléfono(RESERVA), al ser procedente en esta fase de juicio en virtud de haberse tr.....