En conclusión, este Tribunal considera que se encuentran llenos los extremos de ley para el decreto de la cautelar solicitada, de conformidad con el fallo contenido en la sentencia vinculante reproducida anteriormente, y así se declara.
En virtud de las consideraciones que anteceden, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, actuando como Tribunal Constitucional, decreta medida cautelar de suspensión de los efectos de la sentencia dictada en fecha 01 de marzo de 2006, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en la causa que por Cobro de Bolívares por Honorarios Profesionales, incoaron los abogados LUIS ALBERTO MARTÍNEZ MARCANO y DÁMASO ROMERO, en contra del ciudadano LEONARDO ANTONIO MORA NOGUERA, hasta que se dicte sentencia definitiva en el presente juicio. Así se decide.
A los efectos legales correspo.....