PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto mediante escrito presentado en fecha 16 de octubre de 2015 (folios 37 y 38), por el abogado KASWAN D’ JESÚS VALERO RONDÓN, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, ciudadana MARIETA RIVERA LOBO, contra la sentencia interlocutoria con fuerza definitiva de fecha 14 de octubre de 2015, mediante la cual el TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y ANTONIO PINTO SALINAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, con sede en Lagunillas, a tenor de lo dispuesto en el artículo 105 de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda, ante la incomparecencia de la parte demandante, ciudadana MARIETA RIVERA LOBO, o de su apoderado judicial, a la audiencia de mediación, declaró desistido el procedimiento que por desalojo de vivienda, incoara contra la ciudadana EMILIA RAMONA VARELA DE VERA, y en consecuencia declaró terminado el juicio.....